La Agencia de Gobierno Electrónico y Tecnologías de Información y Comunicación (AGETIC), a solicitud del Viceministerio de Seguridad Ciudadana, dependiente del Ministerio de Gobierno, recibió el pedido de elaborar y poner en línea un formulario electrónico para facilitar la otorgación de permisos de circulación fuera de horarios para personas que acrediten la necesidad, según informó el Director General Ejecutivo de AGETIC, Carlos Olivera.
La solicitud se genera principalmente para evitar colas y aglomeraciones en las oficinas del Viceministerio de referencia y disminuir la posibilidad de contagio del COVID-19 (Coronavirus), limitándose, además, la circulación de personas.
Los pedidos respectivos deben enmarcarse en lo estipulado en el Decreto Supremo 4199 de 21 de marzo último.
Para tal efecto, explicó Olivera, AGETIC utiliza un servidor interno con el propósito de que el proceso sea más rápido para atender oportunamente las demandas ciudadanas.
El sitio donde se descarga el formulario es el siguiente: http://permiso.agetic.gob.bo
Para facilitar la gestión digital, el usuario debe tener a la mano documentos originales (en copia digital) del Registro Único Automotor (RUAT) de la movilidad que circulará, licencia de conducir, y en casos que lo ameriten, la respectiva autorización del Ministerio de Trabajo.
Los usuarios deben cargar sus documentos en el formulario digital, y dejar su número de teléfono y correo electrónico, para que por este medio reciba la correspondiente notificación de la aceptación o rechazo a la solicitud.
El proceso de análisis y selección de la documentación está a cargo del Viceministerio de Seguridad Ciudadana que es la instancia que otorga o rechaza los respectivos permisos de circulación. Una vez aceptada, el Viceministerio envía un enlace de descarga de un archivo para el usuario a través del correo electrónico registrado. El usuario imprime el documento y lo pega en el parabrisas para movilizarse.
El documento a imprimir en tamaño carta, cuenta con un código QR el cual permite verificar la autenticidad del mismo.
Finalmente, cabe recordar que los pedidos respectivos, deben enmarcarse en lo estipulado en el Decreto Supremo 4199 de 21 de marzo último.
La Paz, 24 de marzo de 2020